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Roma, siguiendo tradiciones helenísticas, tendió a crear unidades de administración local equiparables a las poleis griegas. Italia estaba dividida en ciudades. A raíz de la anexión de Sicilia, la isla quedó dividida en sesenta ciudades. Y esa fue la tendencia dominante en las provincias. Excepcionalmente, el Estado romano continuó sirviéndose de organizaciones prerromanas a las que adaptó a su propio modelo. Ese modelo incluía la existencia de un centro administrativo y un territorio. Ese centro administrativo no necesariamente coincidía con un núcleo urbano; a veces, un lugar de encuentro de varias comunidades que se reunían periódicamente en días de mercado podía servir de centro administrativo. Tales eran los fora, que terminaron convirtiéndose en ciudades. Pero mientras era posible, la elección romana de un centro administrativo coincidía con un núcleo urbano; si éste fue elegido por su proximidad a una vía, terminó, ordinariamente, siendo el más importante de los núcleos urbanos de su territorio. El Imperio se encontró ya con una gama variada de estatutos jurídicos de las ciudades: colonias y municipios de ciudadanos romanos o de latinos, ciudades libres, ciudades libres y federadas y ciudades estipendiarias. El estatuto de una ciudad no reflejaba en toda su extensión el estatuto jurídico de su población, pero esa era la tendencia. Así encontramos agrupaciones de ciudadanos romanos, conventus civium romanorum, en ciudades que no eran ni colonias, ni municipios. Por supuesto, había muchas otras situaciones: residentes de otras comunidades, personas con derecho de ciudadanía local en una ciudad con estatuto privilegiado y no digamos los esclavos y algunos libertos con derechos restringidos. En principio, el estatuto individual no tenía por qué coincidir con el estatuto jurídico de una ciudad. Durante el Alto Imperio se marcó cada día con más intensidad la tendencia a la homologación de estatutos jurídicos de las ciudades. Si para Italia esto fue una realidad muy pronto, el proceso fue más lento en las provincias. Bajo César y Augusto se crearon muchas colonias de ciudadanos romanos y muchos municipios en las provincias. El abundante número de legiones licenciadas, la reducción de la plebe alimentaria de Roma y la necesidad de reconocer el grado de romanización de muchos territorios fueron los factores externos que contribuyeron a esas decisiones. Estos cambios se pueden hoy advertir con bastante precisión a través de textos epigráficos que nos ofrecen leyes o referencias a magistrados municipales o colonias, a través de títulos de las ciudades. Así, por ejemplo, distinguimos una fundación de Julio César en Pax Iulia (Beja, Portugal) de una de Augusto como Augusta Emerita. A comienzos del Imperio, era claro que una colonia era una ciudad creada de nuevo para implantar a una población de ciudadanos romanos, a quienes se asignaban lotes de tierra y una normativa de funcionamiento, una lex, mientras que un municipio era una ciudad ya existente que recibía una nueva organización. Las colonias así creadas reflejaban el modelo de la ciudad de Roma, pero los municipios intentaban seguir las mismas pautas. Ello dio como resultado que, ya en el siglo II, no había apenas diferencias entre una colonia y un municipio de ciudadanos romanos. A pesar de ello, el prestigio de las colonias se mantuvo y hay casos, como el de la ciudad hispana de Italica (Santiponce, Sevilla), que, gracias al favor de Adriano, pasó de municipio a ser colonia. La concesión de estatutos privilegiados a ciudades no se frenó con la muerte de Augusto. Hubo, en cambio, un salto cualitativo con Vespasiano que afectó de modo especial a la península Ibérica. En lo que a Hispania se refiere, Vespasiano concedió el estatuto de municipio latino a muchas ciudades: los magistrados, su familia y sus descendientes pasaron a ser ciudadanos romanos. Medidas como ésta se relacionan con el deseo de homologar al máximo la administración de las ciudades, pero también para disponer de un número mayor de ciudadanos romanos reclutables para las legiones. El proceso de asimilación de las formas romanas en las provincias, así como diversas exigencias políticas, llevaron al emperador Caracalla a conceder el derecho de ciudadanía romana a todos los habitantes libres del Imperio con excepción de los dediticios, una gran parte de la población de Egipto. Desde Augusto hasta Caracalla, la administración local era diferenciada según el estatuto jurídico de cada ciudad. Las distinciones que prevalecieron fueron las de colonia, municipio y ciudades estipendiarias. Estas podían seguir manteniendo sus magistrados tradicionales (principes, magistratus...), su derecho consuetudinario y su propia forma de organización local; en ellas, intervino la administración romana cuando consideró necesario reorganizar o adaptar sus usos tradicionales. Esas intervenciones fueron de carácter muy diverso: desde la supresión de rituales religiosos o de toda una organización sacerdotal, como hizo Claudio con los Druidas galos, hasta la implantación de una guarnición militar. En conjunto, las ciudades estipendiarias fueron adoptando un modelo administrativo cada vez más acorde con el de las ciudades privilegiadas por imitación o por necesidad.
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La solidez de la maquinaria administrativa heredada no exigió a Trajano más que intervenciones destinadas a seguir manteniéndola con un alto grado de eficacia. Pero, por primera vez, se advierte un intento de utilizar el aparato administrativo para equilibrar la desigualdades entre Italia y las provincias, sin distinción entre las orientales y las occidentales. La época flavia había estado marcada por el mayor peso económico y social de las provincias occidentales frente a Italia y Oriente. Trajano toma medidas para frenar el declive de Italia; la institución de los alimenta inaugurada por Nerva adquiere su pleno desarrollo bajo Trajano. Por las planchas de bronce que nos han llegado (la de Veleia y la de los Ligures Baebiani son expresivas), sabemos que el dinero del Fisco se prestaba con un interés muy por debajo del 5 por 100, de modo que estimulara la aceptación de esos créditos ofrecidos. El éxito del procedimiento se justifica cuando se comprueba que la institución de los alimenta estuvo vigente más de un siglo. Y para la mejora de Italia fueron igualmente destinadas otras cantidades del Tesoro con las que se pudieron reparar vías o crear otras nuevas -así la via Traiana iniciada el 109- lo mismo que ampliar las instalaciones portuarias de Ostia, que habían quedado reducidas con el primer gran puerto abierto por Claudio. Otra parte de esas inversiones públicas se destinó a mejorar las condiciones de vida de la población de Roma: la creación de un gran Foro que superaba en dimensiones y utilidades a los Foros de César y de Augusto, la ampliación del abastecimiento de aguas a la ciudad con el nuevo acueducto trajaneo, aqua Traiana, y otras obras menores (biblioteca, basílica...) lo testimonian. En el nuevo Foro fue erigida la gran columna de Trajano, que relata en bajorrelieves las hazañas militares de las guerras que condujeron al sometimiento de la Dacia. Se comprende así la emisión de una moneda del 108 con la leyenda Italia restituta. Pero la intervención imperial se manifestó también en numerosas obras públicas realizadas en las provincias. La atención a la mejora y ampliación de la red viaria no tenía sólo fines militares, ya que las vías se utilizaban también para el correo, cursus publicus, y para el tráfico de mercancías. Y si del extremo occidental se pueden mencionar la pavimentación de largos tramos de la Vía de la Plata que unía (Sevilla)-Mérida- Astorga, de mejoras en la Vía Hercúlea que iba de los Pirineos a Cádiz y de otras vías dirigidas a unir las diversas ciudades con las capitales provinciales, se encuentran igualmente testimonios de su atención a las vías de la Galia, del Danubio y de Oriente. Indicativa de esta política es la construcción de la vía que unía el Mar Rojo, desde el actual puerto de Aqaba en Jordania, con las ciudades del interior como Gerasa después de atravesar el desierto; la creación de esta vía puso nuevas bases para el comercio caravanero y dejó marginada a la ciudad nabatea de Petra, la que monopolizaba gran parte de este comercio hasta ahora. La población de esta ciudad que no se integró en el nuevo modelo comercial vivió del bandidaje durante los primeros años, hasta abandonar finalmente la ciudad. En la nueva administración de Trajano dejó también de haber privilegios provinciales. Dacia con la creación de Sarmizegetusa, Africa con Leptis, Hadrumetum y Thamugadi, Tracia con la nueva Traianopolis, son algunos ejemplos de sus fundaciones coloniales en áreas muy diversas del Imperio. Las deficiencias administrativas de algunas ciudades fueron resueltas con el envío de curatores, expertos administradores para poner en orden el estado de las finanzas municipales. La correspondencia de Plinio el Joven, siendo gobernador en Asia Menor, con Trajano ofrece una información preciosa sobre la agilidad de comunicación entre el emperador y sus legados así como sobre la intensa actividad edilicia de la época. No fueron excepcionales medidas como la exención de impuestos a ciudades que habían sufrido alguna catástrofe -así, un terremoto en Asia Menor- o que se encontraban en la fase de construir grandes obras públicas; a donde no llegaba el estímulo a los patronos de ciudades para colaborar en estos gastos, lo hacía el Fisco. Esa política constructiva no mermó la atención tradicional a los gastos militares y a los destinados al mantenimiento y diversión de la plebe de Roma. Durante su gobierno hizo tres repartos extraordinarios de dinero, congiaria. Más aún, suprimió la práctica del aurum coronariam, impuesto extraordinario pagado por las ciudades del Imperio con ocasión de la coronación de los emperadores. ¿Cómo explicar esta política sin incremento de impuestos y con dificultades económicas en los inicios de su gobierno? Los resultados de sus campañas militares y los éxitos de su política económica están en la base.
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La primera burocracia en el mundo surgió con el nacimiento de los primeros grandes estados que dominaban vastos territorios. Los acadios, que por primera vez impusieron en Mesopotamia la autoridad de un único rey se vieron en la necesidad de delegar los poderes del rey en las distintas ciudades que integraban el Imperio. En cada una de éstas, los asuntos de la administración eran llevados por los gobernantes que habían resultado vencidos, los lugal y ensi locales. Estos funcionaban, en adelante, como gobernadores o representantes a nivel local de la autoridad del rey. Pero aparte de estos existió una compleja maquinaria burocrática destinada a controlar y sacar provecho de las ciudades y territorios, cuyo dibujo nos queda incompleto al no haberse encontrado archivos o residencias reales. La etapa neosumeria es significativa en dos aspectos: por un lado, se regresa al antiguo concepto de ciudad-templo; por otro, los reyes de Ur son considerados los únicos lugal legítimos, autotitulándose también reyes de las cuatro regiones. Estos gobernantes pudieron en marcha un complejo aparato burocrático, muy jerarquizado y estructurado. El aparto del Estado se pudo al mano de una especia de primer ministro o sukkal-makh. Al frente de cada provincia había un ensi, con poderes civiles y judiciales, quien debía pagar periódicamente un tributo en especie o bala, generalmente cabezas de ganado. Existía también en cada provincia un jefe militar o shagin; ambos cargos podían ser intercambiables. Otros territorios como Mari, Ebla o Gubla, aunque no controlados directamente, también debían tributar determinados productos. Los templos, que en muchas cuestiones funcionaban de manera similar a los palacios, tenían también su burocracia, al frente de la cual se encontraban el sanga y el shabra, administrados y prefecto, respectivamente, ambos del mismo rango. En un segundo nivel en la escala funcionarial se encontraban diversos cargos. Así había inspectores (sukkal), correos (lukasa), contables (sha-dub-da), coperos (sagi), consejeros (abgal), alcaldes (rabianum) o corregidores (khazzanum). Ocasionalmente algunas actividades les eran encomendadas a algunos funcionarios, aunque de manera temporal: comisario (mashkim), vigilante (ugula), heraldo (nimgir). En la última etapa del imperio de Ur algunos ensi se rebelaron contra el poder central, en especial los de las regiones fronterizas, quienes aprovecharon la presión ejercida por amorreos y elamitas. La disgregación del poder central motivó que muchas localidades se sustrajeran a su poder, con lo que la situación regional volvió a ser la de ciudades-estado.
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La administración indiana se ejerció autoritariamente desde la Península y desde América mediante las instituciones creadas para ello, en las cuales se turnaban las personas designadas directamente por el Rey. Hubo algunos intentos de conseguir representación en las Cortes de Castilla, pero fracasaron. Así, en 1528, el Cabildo de México solicitó voz y voto en dichas Cortes, negándosele la merced. En 1559, la Corona promovió otro intento similar con ánimo de recabar un donativo de servicio de las ciudades peruanas. Se propuso una convocatoria de diputados de las ciudades más importantes, en la que se trataría el asunto, pero dejando bien claro que no podrían hacerse reclamaciones ni peticiones, como era usual en las Cortes de Castilla. En las instrucciones al virrey se dejó constancia de que muchos miembros del Consejo de Indias eran reticentes al sistema, prefiriendo imponer una derrama a cada ciudad. El proyecto no prosperó, sin embargo. En 1595, fue el mismo virrey del Perú, marqués de Cañete, quien propuso al monarca convocar unos diputados de los reinos americanos a las Cortes de Castilla con objeto de aliviar el distanciamiento existente entre los criollos y los españoles, pero la petición cayó también en saco roto. El último intento se hizo en 1609, cuando se discutió la idea de reunir cada tres años una especie de Cortes del Perú, con representantes de sus ciudades más notables. Esta vez fue el propio virrey, conde de Montesclaros, quien puso obstáculos a la idea, denunciando su peligrosidad al Consejo de Indias. El hecho de que posteriormente no se tratara el tema no quiere decir que hubiera cesado la animosidad de los criollos hacia los españoles, sino posiblemente que perdió interés cuando dichos criollos encontraron una fórmula eficaz para domesticar la administración española, consistente en sobornar a los funcionarios y en comprar los cargos públicos. La gran corrupción administrativa, madre de infinitos vicios, tuvo así, paradójicamente, la función de evitar la secesión prematura de las Indias, ya que los criollos pudieron utilizar dicha administración. La administración se creó cuando las Indias eran apenas unas islas. Se fundó la Casa de la Contratación, se nombraron algunos gobernadores para las Antillas y Tierra Firme y hasta se crearon algunos jueces de apelación en la Española. Pero esta tímida maquinaria resultó ridícula cuando la conquista abrió los horizontes ilimitados del continente. Se echó mano entonces de los conquistadores transformados en colonos, a quienes se nombraron gobernadores, regidores, etc. El intento fue poco afortunado porque casi ninguno de ellos tenía experiencia en el manejo de los asuntos públicos. Se les sustituyó pronto por los burócratas formados en las universidades españolas. Procedían generalmente del estado llano, pero habían sido preparados profesionalmente. Llegaron a Indias dispuestos a tres cosas: asentar el poder del realengo, meter en cintura a los viejos conquistadores y a enriquecerse. En honor a la verdad, hay que decir que por lo común lograron las tres cosas. Se llegó, así, a fines del siglo XVI, cuando la crisis de las finanzas reales fue paliada en parte con la venta de ciertos cargos públicos. Al principio fueron los de tercera fila, pero cuando éstos se agotaron se fue echando mano de otros más importantes. En la época de Felipe III se vendieron las regidurías de Cabildo y los oficios de la Casa de Moneda, en la de Felipe IV los de corregidor y de superintendente de la Casa de Moneda, y en la de Carlos II se vendió hasta el cargo de Consejero de Indias. El negocio era tan bueno que hasta había cola, por lo cual se inventaron los cargos a futura, o vendidos en espera de que quedaran vacantes. En 1581, se autorizó que el propietario de una escribanía pudiese traspasar su oficio a otro con la condición de que pagase a la Real Hacienda la tercera parte de lo que le había costado. Finalmente, se recurrió al procedimiento de crear cargos supernumerarios, totalmente inservibles, con el exclusivo objeto de venderlos. La misma administración indiana llegó al extremo de crear instituciones paralelas, duplicando el número de funcionarios, con el propósito de arreglar los problemas que afrontaba. Tal ocurrió, por ejemplo, en México, donde el virrey Conde de la Monclova creó la Mesa de Memorias y Alcances, con presidente y varios funcionarios, para agilizar la recaudación y alcances de la Real Hacienda, en vista de que el Tribunal de Cuentas se eternizaba en su labor. La corrupción administrativa produjo casos rocambolescos, como el de la hija de un contador de México que debía heredar una plaza. Como era menor de edad y hasta que se casara, momento en que su marido ocuparía la plaza del suegro, se ponía en el puesto un supernumerario con carácter interino. La máquina administrativa siguió inflándose hasta que se decidió ponerle freno el 8 de agosto de 1691, reduciendo las plazas de las Chancillerías, Audiencias y demás tribunales al número establecido por las leyes y disponiendo que quienes tuvieran plazas supernumerarias cobraran media paga hasta que pudieran colocarse. A los que habían comprado la plaza hubo que reconocerles paga entera durante el tiempo que tardaron en cubrir una vacante. Fue perfectamente natural que quienes compraron los oficios los considerasen parte de su patrimonio, recuperando durante el ejercicio profesional la inversión realizada mediante moderadas malversaciones o extorsiones. Una fórmula usual era arrendar los ramos de la Real Hacienda a través de amigos o testaferros. Otra era disponer de los fondos públicos como si fueran propios para hacer préstamos u operaciones de interés. Los casos de alcances fueron infinitos y se pagaron siempre con multas. Este sistema no logró evitar la corrupción: sólo demostrar que se había sorprendido a un infractor poco cauteloso. El funcionario gozaba de una vida cómoda: una categoría social elevada, un buen sueldo (cobradero en oro contante y sonante y que tenía un gran valor en un medio de escaso circulante), la posibilidad de utilizar el cargo para enriquecerse o hacer favores que siempre se pagaban, y un trabajo muy llevadero. Trabajaba unas 24 horas a la semana: de 8 a 11 de lunes a sábado y, por la tarde, de 15 a 17 horas los lunes, miércoles y viernes. Obvio resulta decir que el absentismo por las tardes era frecuente, sobre todo en vísperas de festivos. Tampoco era raro faltar al trabajo cuando había algún aguacero, cosa frecuente en los climas tropicales.
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El sentido eminentemente doméstico y privado de muchas de las instituciones del Alto Medievo fue cambiando en el periodo siguiente. La autoridad de los monarcas va adquiriendo una dimensión publica y se ejerce a través de un aparato administrativo cada vez más complejo y especializado. Respecto a la administración central, en líneas generales, toda monarquía europea disponía de tres instrumentos de ejercicio del poder central: el círculo de colaboradores domésticos (que en Francia integraban el "Hotel"), el grupo de grandes oficiales, y la "curia". Está perfectamente verificado cómo, desde principios del siglo XI, las monarquías feudales buscan rodearse de eficientes colaboradores extraídos, por lo general, de las filas de la Iglesia y la pequeña nobleza. La "Chancillería", importante organismo encargado de la redacción y autentificación de los documentos reales, conoció el paso en Francia de eficientes clérigos como Cadurc, Hugo de Chamfleury o el hermano Guerin; en Inglaterra, la impronta de un Tomás Becket; en Castilla se verá la huella de los primados toledanos, alguno tan prestigioso en todos los sentidos como Rodrigo Jiménez de Rada... La Francia Capeto también conocerá verdaderos linajes de altos oficiales caracterizados por su lealtad a la dinastía: los Beaumont, Clermont, La Tour, Montmorency... El vocablo curia acabó imponiéndose en todos los reinos europeos: sustituyó al vocablo Witenagemot en Inglaterra tras la conquista normanda, y a los términos Palatium, Aula o Concilium. Integradora teóricamente de todos los vasallos del príncipe a quien debían consejo, la curia fue especializándose en sus funciones. En Francia engendrará a la "curia in parlamento" (o simplemente Parlamento) que bajo Luis IX se convierte en una especie de tribunal supremo; y a la "curia in compotis domimi regis" (especie de Tribunal de cuentas) para verificar las rentas del dominio real. En Inglaterra, una sección de la Curia será el "Echiquier", tesorería a la que rendían cuenta los "sheriffs" de los condados. Emanación de los viejos organismos será, en definitiva, el "Consejo real" que aparace en Francia bajo Felipe Augusto, sin atribuciones precisas pero que asesoraba al soberano en toda clase de asuntos, desde la política exterior a las cuestiones financieras. De forma similar, la monarquía Plantagenet creó un "Consejo" que a fines del XIII (con Eduardo I) funcionará como el organismo más importante del gobierno y la administración. En la administración territorial, el "baile", el "merino" o el "sheriff" eran en los inicios del Pleno Medievo agentes de la autoridad señorial (o real) con funciones, esencialmente, de intendencia. Avanzado el siglo XII se fue produciendo un cambio que les convirtió en oficiales estables del rey en circunscripciones determinadas. En Inglaterra el cambio se inició con la conquista normanda (1066). El sheriff ("vicecomes", según algunas crónicas) se transformó en agente del poder ejecutivo. La vieja división administrativa sajona en "Shires" o condados se mantuvo. En cada uno de ellos el sheriff (en algunos casos más de uno) era recaudador de las rentas reales, ejecutor de las sentencias, perseguidor de criminales, juez de delitos de robo y violencia física, intendente de los castillos del rey, etc. Las conmociones que sacudieron a Inglaterra a lo largo del siglo XIII no llegarían a cuestionar este sistema: tan sólo buscarían limitar los frecuentes abusos de estos poderosos agentes de la autoridad real. En la Francia Capeto, desde fines del siglo XII se fueron precisando las funciones de los bailes ("senescales" en el sur del territorio y "preboste" para la ciudad de París) que fueron asignados a circunscripciones territoriales fijas: las "bailías". Su poder se extendía al campo judicial, policial, financiero y militar. Para evitar errores y excesos de estos agentes, Luis IX envió encuestadores para recibir las reclamaciones de sus súbditos y promulgó dos importantes ordenanzas en 1254 y 1256. Al igual que en el nivel central de la administración, bailes y senescales acaban constituyendo autenticas "dinastías" formadas por miembros de la pequeña nobleza local e incluso de la burguesía. Esteban Boileau, un burgués parisién, será a mediados del siglo XIII el gran reformador de la administración en la capital del reino Capeto. El "merino" en distintos Estados ibéricos acabó siendo el agente de la autoridad real en un "merinático" o merindad, distrito que acabó suplantando a las circunscripciones típicas del Alto Medievo: caso de los condados y mandaciones del reino asturleonés. El merino estaba dotado de funciones económicas, gubernativas y judiciales. Desde mediados del siglo XIII, y para coordinar las labores de defensa frente al reino musulmán de Granada, surgirá la figura del Adelantado Mayor de la Frontera. En territorio catalán, los antiguos vicarios delegados de la autoridad condal se convirtieron en "veguers" al frente de distritos o "veguerías" en los que ejercía el poder gubernativo, judicial y militar. En relación con la territorialización del derecho, la crisis de la autoridad central en los Estados europeos del Alto Medievo propició la atomización política y la consiguiente desaparición de cualquier viso de unidad jurídica aunque ésta sólo hubiera sido puramente formal. Los nombres de "usos, costumbres o fueros" ocultan la multiplicidad de normas legales bajo las que vivió el conjunto del Occidente doblado el milenario del nacimiento de Cristo. La lenta recuperación de la autoridad real y la exhumación de las viejas normas jurídicas romanistas fueron trabajando a favor de la territorialización del derecho en cada una de las monarquías del Occidente. Los primeros pasos hacia una homogeneidad legislativa se dieron por la vía puramente empírica. Será, por ejemplo, la aplicación de la norma legal de una localidad a otros núcleos de población. Así lo hicieron los condes barceloneses a lo largo del siglo XII con los "Usatges" de Barcelona codificados años atrás. Y así se hizo en distintos Estados hispánicos al extender el fuero de un determinado lugar (que llega a crear toda una "familia") a un elevado número de poblaciones que acaban adaptándole como propio. En Francia, bajo Luis IX y su sucesor Felipe III se procedió a la redacción de numerosas "coutumiers": "Coutumes" de Clermont, "Grand Coutumier" de Normandie o la famosa "Coutumes et usages" de Beauvaisis. El papel impulsor de los monarcas sería capital. Los "Espejos de príncipes", a las virtudes y cualidades políticas antes reseñadas, añaden la de la sabiduría legislativa de los soberanos. Algo que ha dado cumplida fama a algunos reyes de la época como Federico II, Alfonso X o Eduardo I "el Justiniano Inglés". Se ha sostenido tradicionalmente que Inglaterra fue la avanzada de este proceso. Los monarcas Plantagenet ejercieron su autoridad a través de los "writts", órdenes comunicadas a los sheriffs, y "assises", disposiciones similares a ordenanzas y de aplicación para todo el reino. A mediados del XII, el jurista Ranulfo Glanville redactaba un "Tractatus de legibus et consuetudinibus regni Angliae". Un siglo más tarde, Enrique Bracton actualizaba este texto mientras que los jueces reales aplicaban por todas partes el "common law". En Francia, Felipe de Beaumanoir sostenía en tiempo de san Luis que el rey puede promulgar ordenanzas siempre que lo requiera el bien común. De ahí las importantes disposiciones de este tipo que Luis IX promulgó entre 1257 y 1266, de obligado cumplimiento para todo el reino aunque con una efectividad relativa. Entre 1272 y 1275 se redactaría la colección conocida como "Etablissements de Saint Louis" en donde se recogen las normas consuetudinarias de Turena, Anjou y Orleans. Sin embargo, de todos los grandes cuerpos legales hay algunos que destacan en especial. Así, tenemos, el "Liber Augustalis" o "Constituciones de Melfi" promulgado en esta ciudad italiana por Federico II. Se trata de un texto redactado en estilo mayestático con el ánimo de reparar en nuestra época el ultraje inferido al Derecho en el pasado cuando su lengua estaba muda. Aunque se diga en el que el poder político es manifestación de la gracia e instrumento de la Providencia, el "Liber augustalis" supone un paso importante en la lenta marcha hacia la secularización del Estado. No menor énfasis en la labor legislativa pondría un pariente por vía materna del Staufen siciliano: Alfonso X de Castilla. Entre 1252 y 1255 propiciaría la redacción del "Fuero Real" en el que convergen elementos de los derechos consuetudinario y romano. Unos años después surgió otro texto legal que se esperaba aplicar a todo el reino, aunque se fracasara en el intento: el "Especulo (Espejo del derecho)". Por último las preocupaciones legislativas del rey Sabio se plasmarían en un texto plenamente romanista: el "Código de las Siete Partidas" cuya aplicación efectiva se dejaría aún esperar algún tiempo.
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Cuando Augusto adoptó a Tiberio le impuso la obligación de que éste adoptara a su vez a Germánico, su sobrino e hijo de su hermano Druso. Con esa fórmula, podía quedar garantizada la continuidad del régimen. Los autores antiguos han introducido sombras en las relaciones entre Tiberio y Germánico, haciendo suponer que Tiberio estaba receloso del prestigio de Germánico ante el pueblo y los senadores dado su carácter franco y liberal. Pero la realidad fue más compleja. Tiberio encomendó a Germánico las misiones militares y diplomáticas más difíciles y lo apoyó a pesar de sus errores. Más aún, Tiberio no dudó en condenar al supuesto asesino de Germánico así como en atribuir a éste los mayores honores fúnebres que podía recibir un general romano, como lo demuestran los documentos contenidos en la Tabula Hebana y en la más reciente Tabula Siarensis. Por otra parte, incluso los detractores de Tiberio deben reconocer que, al menos hasta el año 27 d.C., éste mantuvo buenas relaciones con el Senado. Por más que la historiografía antigua intente presentarnos la prudencia de Tiberio como exponente de su simulación, testimonios diversos de esos mismos historiadores ponen de manifiesto que Tiberio contó con el Senado considerándolo no sólo cámara administrativa sino como grupo al que reconocía capacidad de decisiones políticas, hasta el punto de aprobar decisiones contrarias a las propuestas del emperador sin por ello dejar de ser cumplidas ni traer sobre los senadores opuestos ningún tipo de represalia. El año 27 d.C., Tiberio abandonó Roma para residir en Capri. Aunque estuvo cerca en algunas ocasiones, no volvió a entrar en la Ciudad. Esta prolongada ausencia ofreció las condiciones favorables para que sus detractores organizaran una intensa campaña de desprestigio del emperador. Las fuerzas pretorianas dispersas en diversos destacamentos por Italia fueron agrupadas por Tiberio en un campamento, castro pretorio, contiguo a las murallas de Roma. Al retirarse Tiberio a Capri, el jefe del pretorio, Sejano, tuvo una gran libertad y autoridad al ser visto como el representante del emperador en la ciudad. Desde el 27 d.C., Sejano aplicó un régimen de terror en Roma: senadores y caballeros contrarios a su proyecto personal de ser el continuador de Tiberio en el gobierno del Estado, fueron condenados como enemigos públicos en virtud de la aplicación de la ley de lesa majestad. El 31 d.C., informado Tiberio minuciosamente del comportamiento y de los proyectos políticos de su prefecto del pretorio, lo mandó ajusticiar, pasando Macro a ocupar su lugar. Nos falta información precisa sobre una parte de los últimos años del gobierno de Tiberio, durante los cuales pudieron haberse soldado de nuevo las buenas relaciones con el Senado. En todo caso, todos los historiadores antiguos deben reconocer que Tiberio heredo las arcas del Estado vacías y que, después de sanear la economía, esas arcas tenían un abundante superávit al final de su mandato. Y esa buena administración de las finanzas se corresponde con otras favorables gestiones de política interior y exterior o de fronteras. Bajo Tiberio se mantuvo la división de las provincias entre senatoriales e imperiales. Pero también son frecuentes los procesos contra gobernadores de provincias senatoriales acusados de corrupción. Otro tipo de intervenciones contra algunos senadores evidencia sus deseos de sanear las maltratadas finanzas publicas más que un odio o enemistad sistemática contra los senadores. El proceso contra Sexto Mario, propietario de ricas minas en Sierra Morena, a quien se condenó por crimen de estupro, desvela, en cambio, en opinión de Tácito (Ann., VI,16-17), el deseo del fisco de disponer de metales; hoy diríamos que, ante todo, de los necesarios para las acuñaciones monetarias. Un senadoconsulto del que conocemos una copia reciente hallada en Italia, en la antigua Larinum, evidencia que Tiberio siguió la política de Augusto de defender la dignidad de los órdenes: se prohibe que los hijos de senadores y de caballeros se contraten como gladiadores o como artistas de teatro. Y, en la misma línea, intervino prohibiendo la libertad de relaciones sexuales de algunas matronas -incluidas prácticas de prostitución- que fueron condenadas con el exilio. El consumismo de la época y el deseo de exhibición de riqueza exigían la búsqueda de esos ingresos extraordinarios a miembros de familias de los órdenes económicamente más débiles. El propio Tiberio con múltiples gestos quiso infundir en los órdenes las viejas virtudes de ahorro y austeridad; llegó a emitir leyes contra el lujo y el despilfarro. Para Tiberio, como para Augusto, los responsables del gobierno del Imperio debían ser un ejemplo de las virtudes exigidas a los gobernados. Cuando Tiberio murió hubo voces del pueblo de Roma que, recogiendo los rencores contra su persona, querían que su cuerpo fuera arrojado al Tíber en señal de condena, Tiberius ad Tiberim. Ese estado negativo de opinión refleja los valores políticos del pueblo de Roma, habituado a la vida parasitaria y a vivir de donativos del emperador o de los miembros de los órdenes. Parece cierto que Tiberio, en su política de ahorro, se vio obligado a gastar poco en costear espectáculos de juegos que solían ir acompañados de donativos extraordinarios. Pero resulta abusivo el acusar a Tiberio, como lo hace Tácito, de demostrar desprecio hacia las capas bajas de la población. Pues bajo Tiberio, se tomaron medidas para librar a Italia de bandas de ladrones, se llevaron a cabo obras publicas para desviar ríos y lagos que tributaban en el Tíber con el fin de impedir las inundaciones a que estaba sometida Roma, se garantizó un abastecimiento regular de la ciudad tomando medidas contra los especuladores y, finalmente, se llevó a cabo el reparto regular de alimentos que recibía la plebe alimentaria de Roma. Todo ello demuestra que Tiberio no fue un político populista, dedicado a tomar medidas para granjearse simpatías. En todo caso, la opinión del pueblo de Roma, la reflejada en los autores antiguos, no era necesariamente la del resto de la población del imperio, que no tuvo tantos motivos de queja de su emperador. Hay un hecho significativo que revela la preocupación de Tiberio por la mejora de las condiciones del pueblo de Roma. El año 36 d.C. un gran incendio arrasó la "parte del Circo contigua al Aventino y el propio Aventino" según Tácito, quien añade que Tiberio gastó cien millones de sestercios en restaurar lo destruido (Ann., VI, 45). Y, para salvar la crisis del año 33 d.C., en la que hubo una enorme escasez de numerario en circulación, lo que amenazaba a los patrimonios familiares y facilitaba el abuso de los usureros, Tiberio intervino para ayudar "al repartir cien millones de sestercios por las bancas, concediendo la autorización de ser prestados sin intereses durante tres años siempre que el acreedor ofreciera una garantía del doble en predios" (Tác., Ann., VI, 17).
obra
Mientras la prostituta se baña, el cliente admira su bello y sensual cuerpo con gesto de satisfacción. La habitación y el espejo son las referencias espaciales de una obra en la que encontramos diferentes perspectivas: frontal para la mujer y alzada para la cómoda, donde los objetos son excesivamente grandes.
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En 1929 Alemania puso en marcha un programa de construcción maval para sustituir dos viejos acorazados dentro de las condiciones impuestas por el Tratado de Versalles a los vencidos en la I Guerra mundial. Tales buques, que no debían superar las 10.000 toneladas, fueron magníficamente resueltos: tendrían el peso de un crucero de batalla, pero dispondrían de mucho mejor blindaje, gran superioridad artillera y una velocidad ligeramente inferior. Con ello se conseguían buques que podrían pelear muy ventajosamente con los cruceros enemigos y escapar gracias a su mayor velocidad. Los dos primeros ejemplares producidos fueron el Deutschland y el Graf von Spee, al que siguió el Admiral Scheer. Estos buques pasaron por la guerra civil española, siendo el primero bombardeado por los republicanos en Baleares y el segundo, como represalia, cañoneando Almería. Precisamente el Admiral Graf von Spee fue quien se mediría con tres cruceros británicos (Exeter, Ajax y Achilles) a la vez cerca del estuario de La Plata, en diciembre de 1939. Puso fuera de combate a uno de ellos y dañó ligeramente a los otros dos, antes de romper el contacto y recluirse en el puerto de Montevideo, donde fue dinamitado por su tripulación. Hoy nadie duda de que una mejor dirección del Graf Spee hubiera dado una sonora victoria a Berlín. Catalogado oficialmente como acorazado, popularmente caló la denominación de "acorazado de bolsillo", aunque estrictamente era un crucero acorazado dotado de gran potencia.
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Completado con una catapulta para el despegue de sus tres aviones Arado Ar 196, participó en abril de 1940 en la Operación Weser, la invasión alemana de Noruega. Entre noviembre y diciembre de 1940 realizó un viaje por el Atlántico para interceptar a los mercantes aliados, pero logró sólo hundir uno. En diciembre de 1942 fue dañado por los cruceros británicos Sheffield y Jamaica. Muy averiado, sólo comenzó a ser reparado en enero de 1945, en Gotenhafen, pero el avance soviético le obligó a desplazarse a Kiel. Fue nuevamente alcanzado por un ataque aéreo el 3 de mayo de 1945. Tras la guerra fue desguazado.