La reforma política
Compartir
Datos principales
Rango
Alfonso XIII
Desarrollo
El tema de la regeneración política era uno de los principales propósitos que habían llevado al general Primo de Rivera a hacerse cargo del gobierno del país y a ello se dedicó desde el primer momento, centrándose, sobre todo, en la persecución del caciquismo . Para ello, el general utilizó fundamentalmente dos métodos: por un lado, la intervención del Gobierno a nivel local y, por otro, una serie de medidas legislativas de carácter nacional. Sin duda, la más espectacular de ellas fue la actuación a nivel local. Durante los meses comprendidos entre septiembre de 1923 y abril de 1924 se intentó poner en marcha lo que Joaquín Costa había denominado "política quirúrgica" que, fundamentalmente, consistía en perseguir a los caciques de los pueblos y prohibir las recomendaciones. Para ello se disolvieron todos los Ayuntamientos y las Diputaciones Provinciales y fueron sustituidos por los vocales asociados. Ahora los gobernadores civiles de las provincias eran militares y ellos fueron los encargados de llevar a cabo una labor de investigación en los municipios pequeños. En la mayoría de los municipios, incluido el de Madrid, se descubrieron casos de inmoralidad y fueron aún más numerosos los casos de denuncias anónimas que no fueron probadas porque no se correspondían con la verdad o porque era muy difícil llegar a demostrar el delito. En cada partido judicial se encomendó la tarea de investigación a unos delegados gubernativos que pertenecían al estamento militar.
En esencia, la misión de los delegados gubernativos provinciales era realizar a nivel local lo que Primo de Rivera hacía en todo el territorio nacional. En la práctica, esta medida resultó poco efectiva, ya que el estamento militar al que se le encargaba realizar esta misión participaba de los mismos defectos que el resto de los españoles. También se dieron casos de corrupción entre ellos e incluso algunos delegados gubernativos se convirtieron en auténticos caciques. En los casos en que la gestión de estos delegados gubernativos fue bienintencionada e imparcial, por supuesto cabe atribuirles una manifiesta superficialidad. Los impedimentos que los delegados gubernativos con frecuencia encontraron entre las autoridades judiciales locales y la conocida arbitrariedad de Primo de Rivera tuvieron, como consecuencia, un enfrentamiento de éste con la totalidad del Poder Judicial. Es cierto que en muchas ocasiones los jueces municipales eran los representantes más caracterizados del caciquismo, pero la realidad es que también los colaboradores de Primo de Rivera, a través del Consejo Judicial y las Juntas inspectora y organizadora del Poder Judicial, actuaron en un sentido marcadamente partidista. A partir del año 1928, cuando la Dictadura se encuentra en su fase descendente de popularidad, estos enfrentamientos directos con algunos jueces adquirieron tintes de gravedad. Primo de Rivera suspendió las disposiciones vigentes en materia de traslado del personal judicial y se creó un juzgado especial para perseguir los delitos de conspiración.
Por supuesto, ya no quedaba nada del propósito inicial del Dictador de desvincular de la política la administración de la justicia. En los pequeños municipios tuvieron una amplia repercusión en la prensa las disposiciones relativas a la persecución del terrorismo aunque, en realidad, éstas fueron poco efectivas. También hubo otras medidas tendentes a cambiar la legislación de rango nacional, aunque muchas de ellas ni tan siquiera llegaron a ver la luz. Así, por ejemplo, parece que Primo de Rivera contempló la posibilidad de llevar a cabo una reforma electoral. De haberse realizado, ésta habría consistido en el establecimiento de un sistema de representación proporcional que en reiteradas ocasiones había sido solicitado no sólo por los católicos sino también por los socialistas, que realmente en ese momento eran las dos fuerzas representativas de la sociedad española. Se habría confeccionado un nuevo censo electoral y establecido un carnet electoral. Asimismo, se habría adoptado la admisión del voto femenino, medida que tenía un carácter muy democrático y que, por ejemplo, en Francia no se llegaría a implantar hasta después de la Segunda Guerra Mundial. Durante los primeros meses de la Dictadura se mencionó en varias ocasiones la posibilidad de realizar una convocatoria a las urnas. Asimismo, parece que el dictador pensó también en la posibilidad de realizar una reforma del Senado, cosa que no suponía una transformación de la Constitución de 1876 y que había sido solicitada entre sectores importantes del pensamiento liberal.
Según su proyecto, en la Cámara Alta se habría dado una mayor importancia a la representación corporativa, y en cambio se recortaría la representación de la Grandeza española, limitándose en el tiempo la antigua representación que hasta ahora era vitalicia. Sin embargo, estos dos proyectos de reforma de la Ley Electoral y del Senado no se llevaron a la práctica. En cambio, lo que sí llegó a cumplirse fue otra parte esencial del programa del regeneracionismo político: la elaboración de un Estatuto Municipal con un sentido marcadamente autonomista y descentralizador. Su principal impulsor fue José Calvo Sotelo , que era Director General de Administración Local, y consiguió convencer a Primo de Rivera que, en este aspecto, resultaba fácilmente influenciable, de que la reforma de la Administración Local era uno de los pilares fundamentales del programa regeneracionista. El proyecto estaba inspirado en el planteado anteriormente por Antonio Maura pero, a diferencia de éste, el de Calvo Sotelo tenía un carácter más democrático y autonomista. En su preámbulo comenzaba diciendo que el Estado, para ser democrático, ha de apoyarse en municipios libres, lo que no deja de ser una afirmación sorprendente para una disposición legal de una etapa dictatorial. Por ello, no tiene nada de particular que cuando fue discutido en el Consejo de Ministros surgiera una decidida oposición a algunos de sus aspectos más liberales, como la elección democrática de los alcaldes o el voto de la mujer. El proyecto fue aprobado tras su discusión y acabó siendo aplicado en lo que tenía de más esencial. Aunque ahora tampoco se interrumpió la tradición de que el Estado nombrara a los alcaldes y todos continuaron siendo elegidos por el Ministerio de la Gobernación, incumpliendo así el propósito regeneracionista. Un aspecto positivo que tuvo la aprobación del Estatuto fue el espectacular aumento de las posibilidades de gasto y, por lo tanto, también las mejoras en la infraestructura municipal.
En esencia, la misión de los delegados gubernativos provinciales era realizar a nivel local lo que Primo de Rivera hacía en todo el territorio nacional. En la práctica, esta medida resultó poco efectiva, ya que el estamento militar al que se le encargaba realizar esta misión participaba de los mismos defectos que el resto de los españoles. También se dieron casos de corrupción entre ellos e incluso algunos delegados gubernativos se convirtieron en auténticos caciques. En los casos en que la gestión de estos delegados gubernativos fue bienintencionada e imparcial, por supuesto cabe atribuirles una manifiesta superficialidad. Los impedimentos que los delegados gubernativos con frecuencia encontraron entre las autoridades judiciales locales y la conocida arbitrariedad de Primo de Rivera tuvieron, como consecuencia, un enfrentamiento de éste con la totalidad del Poder Judicial. Es cierto que en muchas ocasiones los jueces municipales eran los representantes más caracterizados del caciquismo, pero la realidad es que también los colaboradores de Primo de Rivera, a través del Consejo Judicial y las Juntas inspectora y organizadora del Poder Judicial, actuaron en un sentido marcadamente partidista. A partir del año 1928, cuando la Dictadura se encuentra en su fase descendente de popularidad, estos enfrentamientos directos con algunos jueces adquirieron tintes de gravedad. Primo de Rivera suspendió las disposiciones vigentes en materia de traslado del personal judicial y se creó un juzgado especial para perseguir los delitos de conspiración.
Por supuesto, ya no quedaba nada del propósito inicial del Dictador de desvincular de la política la administración de la justicia. En los pequeños municipios tuvieron una amplia repercusión en la prensa las disposiciones relativas a la persecución del terrorismo aunque, en realidad, éstas fueron poco efectivas. También hubo otras medidas tendentes a cambiar la legislación de rango nacional, aunque muchas de ellas ni tan siquiera llegaron a ver la luz. Así, por ejemplo, parece que Primo de Rivera contempló la posibilidad de llevar a cabo una reforma electoral. De haberse realizado, ésta habría consistido en el establecimiento de un sistema de representación proporcional que en reiteradas ocasiones había sido solicitado no sólo por los católicos sino también por los socialistas, que realmente en ese momento eran las dos fuerzas representativas de la sociedad española. Se habría confeccionado un nuevo censo electoral y establecido un carnet electoral. Asimismo, se habría adoptado la admisión del voto femenino, medida que tenía un carácter muy democrático y que, por ejemplo, en Francia no se llegaría a implantar hasta después de la Segunda Guerra Mundial. Durante los primeros meses de la Dictadura se mencionó en varias ocasiones la posibilidad de realizar una convocatoria a las urnas. Asimismo, parece que el dictador pensó también en la posibilidad de realizar una reforma del Senado, cosa que no suponía una transformación de la Constitución de 1876 y que había sido solicitada entre sectores importantes del pensamiento liberal.
Según su proyecto, en la Cámara Alta se habría dado una mayor importancia a la representación corporativa, y en cambio se recortaría la representación de la Grandeza española, limitándose en el tiempo la antigua representación que hasta ahora era vitalicia. Sin embargo, estos dos proyectos de reforma de la Ley Electoral y del Senado no se llevaron a la práctica. En cambio, lo que sí llegó a cumplirse fue otra parte esencial del programa del regeneracionismo político: la elaboración de un Estatuto Municipal con un sentido marcadamente autonomista y descentralizador. Su principal impulsor fue José Calvo Sotelo , que era Director General de Administración Local, y consiguió convencer a Primo de Rivera que, en este aspecto, resultaba fácilmente influenciable, de que la reforma de la Administración Local era uno de los pilares fundamentales del programa regeneracionista. El proyecto estaba inspirado en el planteado anteriormente por Antonio Maura pero, a diferencia de éste, el de Calvo Sotelo tenía un carácter más democrático y autonomista. En su preámbulo comenzaba diciendo que el Estado, para ser democrático, ha de apoyarse en municipios libres, lo que no deja de ser una afirmación sorprendente para una disposición legal de una etapa dictatorial. Por ello, no tiene nada de particular que cuando fue discutido en el Consejo de Ministros surgiera una decidida oposición a algunos de sus aspectos más liberales, como la elección democrática de los alcaldes o el voto de la mujer. El proyecto fue aprobado tras su discusión y acabó siendo aplicado en lo que tenía de más esencial. Aunque ahora tampoco se interrumpió la tradición de que el Estado nombrara a los alcaldes y todos continuaron siendo elegidos por el Ministerio de la Gobernación, incumpliendo así el propósito regeneracionista. Un aspecto positivo que tuvo la aprobación del Estatuto fue el espectacular aumento de las posibilidades de gasto y, por lo tanto, también las mejoras en la infraestructura municipal.