Franquicias y libertades campesinas
Compartir
Datos principales
Rango
Sociedad Feudal
Desarrollo
La dificultad por generalizar el fenómeno feudal a través de un panorama único y enmarcador de una situación transplantable a cualquiera de las coordinadas temporales o geográficas, no impide, sin embargo, perseguir lo que E. Mitre denomina como "la marcha hacia el enfranquecimiento rural", que fue especialmente generosa en algunas latitudes europeas e hispánicas a partir del siglo XII. Dicho proceso de enfranquecimiento o de franquicia, se dio sobre todo en la expansión de las nuevas roturaciones, pero también operó en las viejas tierras explotadas anteriormente y desde antiguo. Los resultados al respecto fueron causados por el aligeramiento progresivo de las cargas feudales, en unos casos (Flandes, Alemania o norte de Francia), o por un planteamiento "ex novo" que intentaba atraer población capaz de roturar y defender la tierra, en otros (Península Ibérica, por sus especiales condiciones repobladoras y reconquistadoras sobre zonas despobladas o de extremadura). A este respecto pueden resultar extremos los casos en los que intereses militares de defensa u ofensiva permitieron a la autoridad pública (el rey, los nobles, las órdenes militares) ser condescendientes y flexibles con los repobladores; situación frecuente en los reinos hispánicos . Pero, por lo general, el asentamiento en nuevas zonas de colonización fue generoso por parte del poder colonizador, con relajamiento en prestaciones, facilidad en los censos y derechos señoriales y, en algunos casos, cierta autonomía local: paso en España de la foralidad a la municipalidad, comunidades asentadas en los polders de Flandes o campesinos instalados al este como consecuencia de la expansión alemana oriental.
Cartas de franquicia, fueros locales y cartas de población registran las condiciones de los asentamientos en tierras nuevas o recuperadas después del abandono; con privilegios y concesiones extremadamente generosas en algunos casos que benefician a grupos aldeanos de diferente nivel económico y distinta dependencia señorial o real. Pero no siempre estas franquicias fueron dadas espontáneamente por los señores o los príncipes a cambio de nada, en ocasiones lo fueron después de un proceso reivindicativo y revelador de tensiones contenidas o enfrentamientos sofocados por la fuerza de las armas o la justicia real, puesta al lado de la señorial. Fueros locales, cartas de población y documentos de franquicia recogen por lo general una serie de presupuestos dirigidos a la limitación de las obligaciones de los repobladores y la fijación de las obligaciones de los promotores; afectando a aldeas, comunidades y villas que en toda Europa, pero expresamente en las periferias septentrionales y meridionales, lograron ventajas y exenciones entre los siglos XII y XIII especialmente, aunque este movimiento liberador no se interrumpió en la baja Edad Media . La abolición de malos fueros y malos usos, que tantas veces recogen los documentos de franquicia, insinúan un cambio de una situación precedente de sujeción a estrechos vínculos hacia una liberalización de cargas y prestaciones, o al menos hacia una regulación más o menos acordada: desde los textos de creación de comunas a los de ubicación de comunidades a través de un texto legal de carácter foral. Aunque, como escribe Reyna Pastor, fuero no siempre equivale a carta de franquicia, sino también a mayor sujeción y dependencia normalizada y legalizada a través de un documento legal.
Cartas de franquicia, fueros locales y cartas de población registran las condiciones de los asentamientos en tierras nuevas o recuperadas después del abandono; con privilegios y concesiones extremadamente generosas en algunos casos que benefician a grupos aldeanos de diferente nivel económico y distinta dependencia señorial o real. Pero no siempre estas franquicias fueron dadas espontáneamente por los señores o los príncipes a cambio de nada, en ocasiones lo fueron después de un proceso reivindicativo y revelador de tensiones contenidas o enfrentamientos sofocados por la fuerza de las armas o la justicia real, puesta al lado de la señorial. Fueros locales, cartas de población y documentos de franquicia recogen por lo general una serie de presupuestos dirigidos a la limitación de las obligaciones de los repobladores y la fijación de las obligaciones de los promotores; afectando a aldeas, comunidades y villas que en toda Europa, pero expresamente en las periferias septentrionales y meridionales, lograron ventajas y exenciones entre los siglos XII y XIII especialmente, aunque este movimiento liberador no se interrumpió en la baja Edad Media . La abolición de malos fueros y malos usos, que tantas veces recogen los documentos de franquicia, insinúan un cambio de una situación precedente de sujeción a estrechos vínculos hacia una liberalización de cargas y prestaciones, o al menos hacia una regulación más o menos acordada: desde los textos de creación de comunas a los de ubicación de comunidades a través de un texto legal de carácter foral. Aunque, como escribe Reyna Pastor, fuero no siempre equivale a carta de franquicia, sino también a mayor sujeción y dependencia normalizada y legalizada a través de un documento legal.