El Santo Oficio pierde poder

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La pérdida de poder del Santo Oficio se refleja a su vez en la actitud de los gobernantes respecto de sus privilegios. De la reforma emprendida por el Inquisidor General, Diego Sarmiento Valladares, suprimiendo oficios del consejo y de los tribunales de distrito, se ha escrito que venía a limitar la jurisdicción del Santo Oficio. Tal interpretación parece excesiva por cuanto que en estas fechas se adoptan recortes presupuestarios en todos los consejos, eliminando oficios, salarios y mercedes sin mengua de sus atribuciones. En donde sí se refleja un cambio en la actitud de la Corona es en otra serie de medidas, como prohibir al Inquisidor General que emita censuras en asuntos temporales, según pragmática recogida en la Nueva Recopilación. Mucho antes, sin embargo, ya se habían decretado algunas resoluciones contra los abusos de los tribunales inquisitoriales. En una fecha tan temprana como la de 1611, el tribunal de Barcelona es desterrado de la ciudad por su enfrentamiento con las autoridades del Principado, confrontación que se repite en 1666 al excomulgar a los ministros de la Real Audiencia, aunque ahora el Santo Oficio recibe el apoyo de la regente, lo que sin duda explica los varios incidentes que se producen en años posteriores, especialmente entre 1676 y 1680, y que culminarán en 1696 con el destierro, ejecutado por el capitán general, del inquisidor Bartolomé Sanz y Muñoz, que se había excedido en sus funciones. También en la Corona de Castilla se adoptaron medidas similares, sobre todo cuando al amparo de sus privilegios los inquisidores y familiares del Santo Oficio, e incluso los tribunales de distrito, trataban de evadir el pago de impuestos.

En 1637 Felipe IV había decretado que ningún familiar del Santo Oficio quedara eximido de abonar los tributos relativos a los frutos que comercializaba de sus cosechas, aunque estuviese exento de pagar por los géneros que consumía, pero en 1677 una Real Cédula debe ratificar esta disposición y otra ordenar al tribunal de Llerena que se abstenga de embarazar el cobro de los impuestos, mientras en 1691 el Consejo de Hacienda representa al monarca la venta pública de tabaco en polvo en las dependencias de la penitenciaría del tribunal inquisitorial de Granada. Estos ejemplos vienen a confirmar, por sí solos, que en el siglo XVII la actitud de la Corona con la Inquisición es menos complaciente que en el pasado, aunque todavía conserve mucho de su antiguo poder y esplendor.

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