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Datos principales
Rango
Islam
Desarrollo
El marido musulmán puede romper el vínculo con su mujer acudiendo a la figura del repudio (talaq, "librarse de ataduras"). Se trata de un viejo derecho preislámico que, aunque según la tradición criticado por el Profeta , aparece reflejado en dos aleyas y el Corán se encarga de reglamentarlo con minuciosidad. La situación de privilegio del hombre sobre la mujer en la tradición islámica se deriva de las dos aleyas citadas, en las que se dice "Las mujeres tienen sobre los esposos idénticos derechos que ellos tienen sobre ellas. Pero los hombres tienen ellas preeminencia" y "Los hombres tienen autoridad sobre las mujeres en virtud de la preferencia que Dios ha dado a unos más que a otros y de los bienes que se gastan con las mujeres". La interpretación de estos textos ha derivado en el papel subordinado de la mujer en el mundo musulmán, materializado en cuestiones como que su testimonio es menos valioso que el del hombre; que, a igualdad de grado de parentesco con un hombre, solamente herede la mitad que éste o que, por último, el marido tenga sobre ella el derecho a repudiarla. La justificación del repudio se basa en el principio según el cual el matrimonio es equiparable a un contrato legal, una compraventa. En consecuencia, el comprador tiene derecho a renunciar a lo adquirido. Para repudiar a su mujer el marido, sin que sea preciso que ella esté delante, ha de comentar a dos testigos su decisión, sin necesidad de justificarla.
Durante los cuatro meses siguientes se permite a la mujer vivir en la casa del esposo, un plazo llamado iddah en el cual el marido puede echarse atrás en su decisión, una posibilidad que sólo se le brinda en dos ocasiones. A la tercera ocasión, al marido se le abren dos posibilidades: o bien vuelve a unirse con su esposa, o bien ésta queda definitivamente libre, sin que pueda ser retenida. En este último caso, la mujer puede casarse con otro hombre, aunque nunca con su anterior marido, excepto que ese segundo matrimonio sea disuelto. En ocasiones, el procedimiento de repudio -que, para ser definitivo, necesita ser puesto en marcha en tres ocasiones- se acelera cuando el marido pronuncia "repudio por tres veces", siendo entonces considerado definitivo. La mujer que es repudiada tiene algunos privilegios. Si el matrimonio aún no se ha consumado, el marido debe pagar la dote estipulada en el contrato matrimonial y la mujer recupera la mitad. Si ha sido consumado, la mujer recibe su dote al completo. Legalmente, la esposa repudiada vuelve a la tutela de su padre o tutor varón. Si está embarazada, su manutención hasta que dé a luz corresponde al marido, y si está amamantando a un niño el sostenimiento de madre e hijo durante dos años corre a cargo de su ex-marido. Por último, hasta que no transcurran cuatro meses o tres menstruaciones la mujer repudiada no podrá volver a casarse.
Durante los cuatro meses siguientes se permite a la mujer vivir en la casa del esposo, un plazo llamado iddah en el cual el marido puede echarse atrás en su decisión, una posibilidad que sólo se le brinda en dos ocasiones. A la tercera ocasión, al marido se le abren dos posibilidades: o bien vuelve a unirse con su esposa, o bien ésta queda definitivamente libre, sin que pueda ser retenida. En este último caso, la mujer puede casarse con otro hombre, aunque nunca con su anterior marido, excepto que ese segundo matrimonio sea disuelto. En ocasiones, el procedimiento de repudio -que, para ser definitivo, necesita ser puesto en marcha en tres ocasiones- se acelera cuando el marido pronuncia "repudio por tres veces", siendo entonces considerado definitivo. La mujer que es repudiada tiene algunos privilegios. Si el matrimonio aún no se ha consumado, el marido debe pagar la dote estipulada en el contrato matrimonial y la mujer recupera la mitad. Si ha sido consumado, la mujer recibe su dote al completo. Legalmente, la esposa repudiada vuelve a la tutela de su padre o tutor varón. Si está embarazada, su manutención hasta que dé a luz corresponde al marido, y si está amamantando a un niño el sostenimiento de madre e hijo durante dos años corre a cargo de su ex-marido. Por último, hasta que no transcurran cuatro meses o tres menstruaciones la mujer repudiada no podrá volver a casarse.