Ejército e impuestos
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Datos principales
Rango
Al-Andalus omeya
Desarrollo
La política africana, las expediciones contra los cristianos y las operaciones militares destinadas a mantener el orden o a extender el control del sultán sobre las regiones todavía insumisas necesitaba un ejército eficaz cuyo coste era, a la fuerza, elevado. El yund arabo-beréber, dotado de pensiones sacadas, por un lado, del tesoro, pero también de los gobiernos locales en las Marcas y probablemente de concesiones de bienes raíces y tributarias, vio -como dijimos antes- su papel progresivamente contestado a causa del reclutamiento masivo de Saqaliba que había que comprar y mantener. La garantía dada, en varias ocasiones, a los rebeldes que aceptaban la sumisión (en Mérida y en Toledo, por ejemplo) permitiéndoles pagar solamente los impuestos canónicos, induce a pensar que la fiscalidad califal buscaba, como es lógico en todo Estado musulmán, paliar la insuficiencia crónica de ingresos imponiendo impuestos suplementarios, mal aceptados a la fuerza. Pero es muy difícil hacerse una idea precisa de cómo era el sistema impositivo con Abd al-Rahman III . Ibn Hawqal enumeró una serie de impuestos: sadaqa, yibava, jarayat, alshar, damanat, marasid, yowali, rusum, que son términos cuya traducción no es evidente la mayoría de las veces, y que dieron, a mediados del X, una cifra global de ingresos en el tesoro muy considerable que llegaría a veinte millones de dinares. Ibn Idhari, en el Bayan, indicó que la yibaya (tributación) en tiempos de al-Nasir llegó a 5,5 millones.
Pedro Chalmeta piensa que la diferencia se debe a que el término yibaya sólo designa los impuestos legales, lo que supondría una cantidad considerable de impuestos ilegales. Dudaríamos siempre a la hora de aceptar esta interpretación si consideramos que, siempre desde el punto de mira de Ibn Hawqal, las imposiciones eran poco gravosas en al-Andalus. Las indicaciones proporcionadas por las fuentes escritas sobre los impuestos y la moneda plantean varios problemas: al-Hamadani (muerto en el 903) indicó, por ejemplo, que los habitantes de al-Andalus no utilizaban fracciones de dirham sino solamente fulus (pequeña moneda partitiva de bronce o de cobre), lo que no deja de ser sorprendente si consideramos que este tipo de moneda era raro tanto en las colecciones conocidas como las descubiertas en las excavaciones arqueológicas y que conocemos numerosas fracciones de dirhams, pero tal vez pertenecientes a épocas posteriores al siglo IX. Los problemas relativos a los impuestos y a la moneda, así como a los precios y salarios, no se han investigado de forma sistemática y exhaustiva a través de los textos y las colecciones numismáticas, lo que permitiría analizar toda la información potencialmente disponible. También habría que situar los datos obtenidos en el contexto del mundo musulmán, o al menos, del Occidente en su conjunto. Un hecho importante como la acuñación de oro, cuya significación política y simbólica es evidente, pero que, a su vez, es consecuencia de varios factores de orden económico y de él derivan implicaciones del mismo orden, parece realizarse en los cinco o seis primeros años de forma continuada (años 317-322/929-934), luego se ralentiza pero manteniendo un ritmo regular (años 323-336/935-947), hasta llegar a ser episódica y casi insignificante al final del reino. Tales constataciones no tienen, en el momento actual de nuestros conocimientos, explicaciones satisfactorias. Hay que reconocer que el restablecimiento del poder omeya y su reforzamiento en la primera mitad del X plantean tantos problemas como la desorganización de al-Andalus al final del siglo precedente. En una evolución cuyos aspectos políticos resaltan con más evidencia a nuestros ojos, conviene evidentemente colocar en su justo lugar la inteligencia política del gran soberano Abd al-Rahman III .
Pedro Chalmeta piensa que la diferencia se debe a que el término yibaya sólo designa los impuestos legales, lo que supondría una cantidad considerable de impuestos ilegales. Dudaríamos siempre a la hora de aceptar esta interpretación si consideramos que, siempre desde el punto de mira de Ibn Hawqal, las imposiciones eran poco gravosas en al-Andalus. Las indicaciones proporcionadas por las fuentes escritas sobre los impuestos y la moneda plantean varios problemas: al-Hamadani (muerto en el 903) indicó, por ejemplo, que los habitantes de al-Andalus no utilizaban fracciones de dirham sino solamente fulus (pequeña moneda partitiva de bronce o de cobre), lo que no deja de ser sorprendente si consideramos que este tipo de moneda era raro tanto en las colecciones conocidas como las descubiertas en las excavaciones arqueológicas y que conocemos numerosas fracciones de dirhams, pero tal vez pertenecientes a épocas posteriores al siglo IX. Los problemas relativos a los impuestos y a la moneda, así como a los precios y salarios, no se han investigado de forma sistemática y exhaustiva a través de los textos y las colecciones numismáticas, lo que permitiría analizar toda la información potencialmente disponible. También habría que situar los datos obtenidos en el contexto del mundo musulmán, o al menos, del Occidente en su conjunto. Un hecho importante como la acuñación de oro, cuya significación política y simbólica es evidente, pero que, a su vez, es consecuencia de varios factores de orden económico y de él derivan implicaciones del mismo orden, parece realizarse en los cinco o seis primeros años de forma continuada (años 317-322/929-934), luego se ralentiza pero manteniendo un ritmo regular (años 323-336/935-947), hasta llegar a ser episódica y casi insignificante al final del reino. Tales constataciones no tienen, en el momento actual de nuestros conocimientos, explicaciones satisfactorias. Hay que reconocer que el restablecimiento del poder omeya y su reforzamiento en la primera mitad del X plantean tantos problemas como la desorganización de al-Andalus al final del siglo precedente. En una evolución cuyos aspectos políticos resaltan con más evidencia a nuestros ojos, conviene evidentemente colocar en su justo lugar la inteligencia política del gran soberano Abd al-Rahman III .