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Datos principales


Rango

Hispania Alto Imperio

Desarrollo


La peculiaridad bifronte de la religión romana se proyecta en la asimilación (interpretatio) de diversas divinidades existentes en Hispania con sus correspondientes dioses. La continuidad y adaptación del templo del dios Melqart en Gades con amplia proyección en otras zonas de la Hispania meridional evidencia este proceso sincretista de identificación de las divinidades romanas con las existentes en los territorios que anexiona e integra. Concretamente Melqart es identificado con el Hércules romano asimilado al Heracles griego. En consecuencia, en el templo de Sancti Petri se aprecia, además de los tradicionales símbolos religiosos fenicios materializados en sus grandes columnas de oro y plata, la existencia de un altar dedicado a Heracles y de otros dos en su interior en honor de Melqart y de su compañero Reshef. La asimilación sincretista se había iniciado en el período republicano, como se constata en los anversos de las emisiones monetales que se realizan en Carmo, Abdera, etc.; su importancia se observa en la continuidad que durante el Alto Imperio poseen su actividad oracular y sus rituales, oficiados por sacerdotes célibes y rapados, de los que estaban excluidas las mujeres. Semejante asimilación se realiza también en el caso de otras divinidades griegas presentes en Hispania; tal ocurre con la identificación entre Diana y Artemis Efesia, de Vulcano con Hefesto, etc. Tres cultos esenciales proyectan en el plano religioso la lealtad política de los provinciales hacia el Imperio.

Se trata del culto a la diosa Roma, a la Tríada Capitolina y al emperador. La personificación divinizada de la capital del Imperio como dea Roma apenas si tiene implantación en la Península Ibérica en claro contraste con lo que se aprecia en las provincias orientales. En cambio, la difusión del culto a la tríada capitolina, configurada por Júpiter como dios soberano del universo, Juno como diosa celeste, y Minerva como protectora de las actividades artesanales, se extiende como elemento esencial del proceso de urbanización y de la trama urbana de los correspondientes municipios y colonias. En la Lex Ursonensis se estipula la obligatoriedad de sus fiestas anuales que han de ser organizadas por los ediles. Las excavaciones arqueológicas y las inscripciones documentan la construcción de los correspondientes capitolios en uno de los lados preferentes del foro, como se constata en Hispalis, Baelo, Emerita, Asturica Augusta, Clunia o Tarraco. La existencia de este culto oficial no excluye la presencia de los peculiares de cada ciudad. La relación existente entre ellos refleja su jerarquía, que se expresa tanto en el plano urbanístico mediante el mencionado lugar central del culto a la Tríada Capitolina, que expresa la soberanía de Roma, como en el propio calendario de fiestas, donde se aprecia, como en Urso, la existencia de tres días dedicados a Júpiter, Juno y Minerva, mientras que Venus, diosa protectora de la colonia, tan sólo es honrada durante un día.

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